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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2470
LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2470
No se integra la excluyente de responsabilidad de legítima defensa del honor en el uxoricidio, al dar muerte a la esposa por sorprenderla en adulterio, puesto que con ello no salva ni conserva su honor el esposo ofendido, y en cambio tal hecho si encuadra en el artículo 329 del ordenamiento penal aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 6308/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de septiembre de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente ponente: Luis Chico Goerne.