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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2739
DOCUMENTOS PUBLICOS, VALIDEZ DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2739
Si sus certificaciones tienen fe pública, tiene el carácter de auténtica mientras los funcionarios que las expidieron no hayan sido enjuiciados por falsedad y declarada ejecutoriamente dicha declaración de falsedad, no bastando que esos funcionarios pudieran ser enjuiciados por falsedad, para atribuir fe o dejar de atribuirla a sus actuaciones.
Precedentes
Amparo penal directo 3017/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de noviembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José María Ortiz Tirado.