Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295654
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2850
DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2850
Si el reo, sin el propósito de lesionar al ofendido ni de privarlo de la vida, disparó al suelo en son de amenaza, no se reúne el elemento de la definición legal que requiere que el disparo sea hecho sobre la persona, independientemente de que se le cause un daño.
Precedentes
Amparo penal directo 4972/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.