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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295678
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2897
IMPRUDENCIA, DELITOS DE (ACUMULACION IDEAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2897
Para la imposición de la pena, si se trata de dos delitos cometidos por imprudencia en los que concurre la acumulación ideal que establece el artículo 58 del Código Penal, debe precisarse cuál es el delito que merece pena mayor; y si la pena privativa de libertad se fijó por encima del máximo correspondiente a ese delito, es notorio que se han violado, por indebida aplicación, las disposiciones legales pertinentes.
Precedentes
Amparo penal directo 3984/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 19 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.