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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3022
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3022
En los delitos de fraude es indispensable, para determinar el alcance del aprovechamiento del error, la calidad de los sujetos activo y pasivo participantes en el hecho criminoso; y no es admisible que en tratándose de comerciantes puedan ser fácilmente sorprendidos, principalmente aquellos que están acostumbrados a concertar operaciones de cuantía y, por tanto, resulta poco verosímil que sufran una equivocación en sus pagos.
Precedentes
Amparo penal directo 9563/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de abril de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Ortiz Tirado y José Castro Estrada. Relator: Luis G. Corona.