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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3024
FALSIFICACION DE DOCUMENTO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3024
Aunque no aparezca acreditado, mediante prueba directa, que el acusado hubiera sido el autor de la falsificación, sí se acreditó presuntivamente que intervino en ella, si se le identificó como la persona que obtuvo cierto lucro, debido a la alteración del documento, lo que a simple vista se observaba.
Precedentes
Tomo CXXI, página 3390. Indice Alfabético. Amparo penal directo 396/50. Medrano Hermilo. 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Edmundo Elorduy.
Tomo CXXI, página 3024. Amparo penal directo 394/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Edmundo Elorduy.