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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3096
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3096
Si el acusado, después de haber sido herido con una arma con la que se podía causar la muerte, a fin de evitar que se le siguiera agrediendo repelió la agresión con otra arma, no puede estimarse que haya tratado de aceptar la situación de lucha a que se le provocó, sino que en uso del derecho de legítima defensa repelió la agresión con otra arma, hasta neutralizarla, sin que obste el resultado de su repulsión, toda vez que no le era posible saber, dadas la reacción defensiva y la calidad del arma con que fue lesionado, el momento en que ya no corría peligro su vida y, por lo mismo, en tales hechos se configura la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 3617/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Genaro Ruiz de Chávez.