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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3098
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3098
El solo movimiento de una persona de llevar la mano a la cintura, haciendo ademán de sacar una arma, no implica un peligro para la integridad personal de la persona a quien amenaza, ya que el riesgo debe exteriorizarse por hechos positivos y no debe suponerse. Por tanto, si el amenazado repele la supuesta agresión con una arma y causa la muerte a otro, no puede estimarse que exista la excluyente de legítima defensa, máxime si el solo hecho de haber sacado el arma hubiera sido suficiente para que la agresión terminara, dado que el occiso no se encontraba armado.
Precedentes
Amparo penal directo 612/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. El Ministro Teófilo Olea y Leyva no voto por las razones que se expresan en el acta del día.