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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295721
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3104
HOMICIDIO TUMULTUARIO Y VENTAJA (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3104
El caso quedó comprendido en el artículo 296 del Código Penal del Estado, si está probado que el homicidio y las lesiones se ejecutaron con intervención de más de dos personas, y que la víctima del homicidio recibió una sola lesión mortal y no contra quién se la infirió, por lo que a todos les correspondería una sanción de tres a seis años; y la calificativa de ventaja, por el número de atacantes, no puede tomarse en consideración, por que de lo contrario nunca tendría aplicación el citado artículo 296.
Precedentes
Amparo penal directo 3458/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de junio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Ruiz de Chávez. Relator: Luis Chico Goerne.