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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3160
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, PARTICIPACION EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3160
Si la falsificación fue consecuencia de un acuerdo que existió entre los acusados, aunque el acto material de poner la firma falsa, lo haya realizado exclusivamente uno de ellos, la responsabilidad por el delito de falsificación tiene que atribuirse a todos los que intervinieron en el hecho.
Precedentes
Amparo penal directo 1227/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de julio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.