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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3173
RETRACTACION DEL REO Y DE LOS TESTIGOS, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 3173
El juzgador debe conceder relevancia a la primera manifestación del imputado o de los sujetos del testimonio, en razón de que el relato de los acontecimientos percibidos con relación a la cronología del delito se halla muy próxima y, por lo mismo, no es susceptible de equívocos y alteraciones que determinen influencias que, proviniendo del defensor del quejoso o de quienes pretendan mejorar su situación jurídica, no tienen escrúpulos en alterar los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 666/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.