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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 38
MILITARES, OBEDIENCIA A UN SUPERIOR, COMO EXCLUYENTE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 38
La circunstancia excluyente que se hizo consistir en que el quejoso actuó obedeciendo a un superior, (artículo 119, fracción VI, del Código de Justicia Militar), no se ha acreditado plenamente si, aun cuando fuese debido considerar acreditado ese extremo por la contestación afirmativa que los miembros del Consejo Ordinario de Guerra dieron a la pregunta respectiva, también ellos admitieron, al contestar otras preguntas, que la orden implicaba delito y que esa circunstancia la conocía el acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 1623/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, la publicación no menciona el nombre del promovente. 2 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.