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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 85
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 85
Si la pena que se impuso está comprendida dentro de los extremos que marca el Código Penal, y para fijarla el juez natural tuvo en cuenta todas las circunstancias personales del delincuente y las de la ejecución del delito, debe respetarse su criterio, por lo que hace a la fijación de la pena.
Precedentes
Amparo penal directo 1718/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Relator: Luis Chico Goerne.