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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 132
DROGAS ENERVANTES, POSESION DELICTUOSA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 132
Acreditado que en poder del acusado fue encontrada una droga enervante, el caso se encuentra previsto en la fracción I, del artículo 194 del Código Penal, independientemente de que no le hubiera pertenecido en dominio, pues dicha disposición penal no hace excepción alguna sobre el particular, y basta la sola posesión de drogas enervantes para incurrir en el delito.
Precedentes
Amparo penal directo 8512/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.