Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295759
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 140
PECULADO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 140
Del hecho de que los documentos amparan cierta cantidad, en concepto de la institución ofendida, no llenen los requisitos correspondientes, sin siquiera indicar cuáles son esos requisitos, no se sigue como consecuencia lógica y necesaria que el acusado haya dispuesto de esa cantidad para su provecho, pues tal documentación no se ha considerado como supuesta, sino solamente falta de requisitos, sin saberse de qué requisitos se trata.
Precedentes
Amparo penal directo 4350/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón