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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 195
ALLANAMIENTO DE MORADA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 195
No se acredita que el acusado se hubiera introducido furtivamente o con engaño o violencia, sin orden de autoridad competente, a un departamento, vivienda, aposento o dependencia de una casa habitada, si asistió en calidad de acompañante o de interesado a la práctica de unas diligencias judiciales que deberían tener lugar en terrenos del denunciante, el cual estuvo presente en el acto.
Precedentes
Amparo penal directo 4531/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.