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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 238
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 238
La riña es incompatible con la excluyente de incriminación de defensa legítima, dado que ésta implica la juridicidad o el rechazo de la agresión, en tanto que en aquélla, la conducta de los contendientes implica la conciencia de estar violando el orden jurídico; por ello es que no pueden coexistir, pues mientras en la riña existen dos agresiones, en la defensa legítima solamente una, y la objetividad de la violencia, por parte del que se defiende, no es agresión, sino rechazo.
Precedentes
Amparo penal directo 2725/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Teófilo Olea y Leyva.