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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 238
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 238
Si los actos de violencia se realizan seguidamente del altercado entre las partes, esta circunstancia hace indiscutible los elementos técnicos de la riña, esto es el ánimus rigendi y la contienda de obra; pero si la consumación típica de homicidio se realiza con posterioridad, en relación con el altercado, se puede pensar en el encuadramiento de la acción criminosa como simple.
Precedentes
Amparo penal directo 2725/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.