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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 250
PRUEBAS, SU APRECIACION NO ES CUESTION DE PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 250
No es una cuestión de violación de procedimiento sino de violación en cuanto al fondo, la relativa a la determinación del valor probatorio de un dictamen pericial.
Precedentes
Amparo penal directo 3755/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.