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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 296
PROCEDIMIENTOS PENALES, VIOLACIONES A LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 296
La falta de cumplimiento del auto que mandó prevenir al enjuiciado para que nombrara nuevo defensor o manifestara su consentimiento con que asumiera tal cargo el Jefe de la Defensoría de Oficio, así como la celebración de la vista sin previo cumplimiento de aquella orden judicial dictada por la autoridad responsable, es una violación de procedimiento, de la que debe conocer el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda.
Precedentes
Amparo penal directo 4014/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de abril de 1954. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Edmundo Elorduy.