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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 298
GANADO ROBADO, COMPRA DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 298
La Ley Penal anterior del estado fue reformada por el decreto no. 40, publicado en la gaceta de gobierno, de fecha 16 de noviembre de 1949, en el sentido de que en lo sucesivo se aplicará al comprador de ganado robado, que sepa su procedencia, la misma sanción que al que cometió el robo. no hay, por tanto, antinomia, ni puede decirse que haya desaparecido como figura delictiva la compra de ganado robado, sino que lo que ocurrió únicamente es que tal acto se castiga ahora con la misma pena que se aplica a quien lo roba.
Precedentes
Amparo penal directo 2455/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Edmundo Elorduy.