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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295815
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 404
RESPONSABILIDAD PENAL, OMISION EN EL ESTUDIO DE ALGUNA CIRCUNSTANCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 404
Si la autoridad sentenciadora no estudió en toda su latitud si el procesado, cuando recibió el dinero había tenido el ánimo de apropiárselo y está demostrado en autos que el acusado no obraba por cuenta propia sino como intermediario, en tales condiciones la sentencia reclamada es violatoria de garantías por haber omitido el estudio de la circunstancia constitutiva de que se habla.
Precedentes
Amparo penal directo 4835/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.