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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295856
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 592
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 592
No puede estimarse como riña las palabras injuriosas que el ofendido dirigió al acusado, y no estando comprobada una situación de contienda de obra entre ambos, deben analizarse los hechos con exclusión de la riña.
Precedentes
Amparo penal directo 4358/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de mayo 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Ponente: Edmundo Elorduy.