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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 600
FRAUDE Y ROBO, DELITOS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 600
Si el acusado se apoderó de los bienes de que se trata, sin derecho y sin consentimiento del propietario, y después, mediante engaños, alcanzó un lucro indebido al obtener irregularmente su importe, quedó demostrado que cometió los delitos de robo y fraude, y debe sancionársele con la pena correspondiente al último de los indicados.
Precedentes
Amparo penal directo 2685/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de mayo de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Genaro Ruiz de Chávez y Luis G. Corona. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.