Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/295871
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 852
APELACION EN MATERIA PENAL, ESTUDIO DE LOS AGRAVIOS EN LA. (LEGISLACION DE MICHOACAN).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 852
Si en la sentencia de apelación no se estudian por separado cada uno de los agravios expuestos por el reo, pero sí se estudian en conjunto, con eso se cumplió con lo dispuesto en el artículo 327 del Código de Procedimientos Penales aplicable.
Precedentes
Amparo penal directo 4612/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de junio de 1954. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Agustín Mercado Alarcón.