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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295885
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1041
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1041
Los elementos constitutivos de la figura delictiva de fraude, prevista en el artículo 386 del Código Penal, son: a), engaño; actividad positivamente mentirosa empleada por el sujeto activo, que hace incurrir en una creencia falsa (error) al sujeto pasivo; b), aprovechamiento del error; actitud negativa consistente en que el autor, conociendo el falso concepto en que se encuentre la víctima, se abstiene de hacérselo saber para realizar su finalidad desposesoria; c), alcance de un lucro indebido; cualquier lucro o beneficio, utilidad o ganancia económicas que se obtienen explotando el error de la víctima, y d) relación de causalidad; el engaño o el error aprovechado debe ser motivo eficiente y determinante de la entrega de las cosas o de la obtención de los lucros.
Precedentes
Amparo penal directo 4422/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953. no se menciona el nombre del promovente. 5 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.