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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1051
LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA Y DEJAN CICATRIZ.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1051
Si la autoridad de primer grado sancionó la lesión de que se trata aplicando doble pena; una sanción por haber puesto en peligro la vida y otra por haber dejado cicatriz permanente y notable; mas la autoridad de segundo grado, al resolver sobre la apelación hecha valer por el reo y su defensor, estimó que solamente se había cometido un delito y aplicó la sanción correspondiente al aspecto mas grave, su apreciación se ajustó a la ley en lo que corresponde a la clasificación del delito.
Precedentes
Amparo penal directo 1427/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953. no se menciona el nombre del promovente. 7 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.