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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1205
CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1205
El hecho de ingresar a la Penitenciaria por algún delito no implica la mala conducta que priva de obtener el beneficio de la condena condicional, máxime si no aparece que en los procesos respectivos se dictó sentencia condenatoria, lo que en su caso fundaría la negativa de ese beneficio, con arreglo al inciso a), de la fracción I, del artículo 90 del Código Penal.
Precedentes
Amparo penal directo 1565/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.