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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295923
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1343
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA ( LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1343
Si la agresión dejó de ser inminente peligro para el reo y, sin embargo, le hizo otros disparos más al occiso, algunos de ellos ya caído, aunque el acusado obró en legítima defensa, concurrieron las circunstancias tercera y cuarta del artículo 11 del Código Penal del Estado, puesto que ya no corría peligro su vida y no hubo necesidad racional de los otros disparos hechos a su víctima, tanto mas que el reo no estaba al alcance de ella, en vista del arma que llevaba, para sufrir una agresión; por lo que es de concluirse que, por tales circunstancias, el procesado se excedió en su defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 5281/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de junio de 1954. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Genaro Ruiz de Chávez.