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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1492
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1492
Aun cuando es incuestionable que el rechazo de la agresión debe ser coetáneo, ello no significa que necesariamente el quejoso debió de rechazarla haciendo el disparo en el instante mismo en que el agresor lo lesionaba; pues por el contrario, su actitud de ponerse en fuga significa que, en el fondo, pretendía rehuir el peligro, pero ello no quiere decir que este hubiera concluido, ya que subsistía, pues el disparo hubo de hacerlo cuando iba corriendo y en un instante en que pudo voltearse.
Precedentes
Amparo penal directo 5824/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.