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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295949
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1496
AMPARO PENAL SIN OBJETO PRACTICO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1496
La concurrencia de dos modalidades de un delito, puede agravar la responsabilidad del delincuente y, correlativamente, el castigo; pero si la calidad de delincuente no desaparece por la exclusión de una de las modalidades, ni tampoco puede disminuirse la pena, por haberse aplicado la mínima, el amparo que se enderece contra la duplicidad de aspectos del delito carece de objeto práctico, y, por lo mismo, debe negarse.
Precedentes
Amparo penal directo 1362/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de junio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.