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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 295964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1600
DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1600
El delito de disparo de arma de fuego se configura, en los términos del artículo 306, fracción I, del Código Penal por el simple disparo de una arma de fuego sobre alguna persona: y los elementos de la definición legal se reúnen sin que sea necesario que el delincuente vea a la persona sobre la que dispara, pues basta que, conociendo el sitio donde se encuentra, a ese lugar se dirijan los disparos, ya que la disposición legal citada no distingue acerca de la circunstancia que se viene estudiando.
Precedentes
Amparo penal directo 1259/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.