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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1889
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1889
Son ineficaces las objeciones del reo, en cuanto a la prueba pericial, si no hay constancia alguna indicadora de que se haya mostrado inconforme con el dictamen de los peritos, ni de que haya formulado la solicitud para intervenir en la designación de un perito por su parte, razón por la que esta aceptación tácita del juicio pericial aportado a la investigación aunada al principio procesal que faculta al juzgador para apreciar la prueba de peritos según las circunstancias, vuelve inoperante la argumentación.
Precedentes
Amparo penal directo 2871/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de junio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.