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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1942
INTERPRETES EN EL PROCESO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1942
Si está demostrado que el acusado habla español y lo entiende correctamente, hasta hacerse entender de los demás, el juez del conocimiento no estaba obligado a designar un intérprete de su idioma, por no estar justificada la necesidad.
Precedentes
Amparo penal directo 2684/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de agosto de 1952. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Juan José González Bustamante. Ponente: Genaro V. Vázquez.