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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2002
CONFESION DEL ACUSADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2002
Aunque el acusado no haya ratificado su primera confesión ante la autoridad judicial, la misma no puede considerarse como extrajudicial si fue rendida ante el comandante de policía del lugar y dos testigos.
Precedentes
Amparo penal directo 1093/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de marzo de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José Castro Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.