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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2154
REPARACION DEL DAÑO ( SERVICIOS MEDICOS PARTICULARES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 2154
La reparación del daño es consecuencia de la responsabilidad del delito, y pueden formar parte de dicha reparación, los gastos emanados de la prestación de servicios médicos de particulares, sin que obste para ello la existencia de Instituciones Públicas para atender a las víctimas del delito de lesiones, en virtud de que es facultad de las víctimas o de sus familiares acudir a establecimientos de su confianza, mediante la responsiva médica correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo 4935/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de diciembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.