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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 399
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 399
El delito que se atribuye al quejoso sí se realizó en riña, si el ofendido le dirigió palabras ofensivas, poniendo con ello de manifiesto su ánimo de contender y provocar en su contrario la reacción correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo. 2359/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.