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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 410
DETENCION ILEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 410
Si el quejoso fue detenido sin orden de autoridad competente y sin haberse realizado su detención en flagrante delito, el amparo directo no es el medio técnicamente idóneo para combatir la inconstitucionalidad de esos actos.
Precedentes
Amparo penal directo 1750/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.