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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296108
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 619
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 619
Cuando el Juez natural, para individualizar la pena, no altera los hechos, ni viola las normas reguladoras de la prueba, ni las leyes del raciocinio, a su arbitrio no puede substituirse del Juez federal.
Precedentes
Amparo penal directo 2640/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de enero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Edmundo Elorduy. Ponente:Teófilo Olea y Leyva.