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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 834
HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 834
Aunque en el certificado existente en autos no se haya determinado la causa de la muerte, y sólo se haya asentado en él que la lesión por sí misma ponía en peligro la vida, si cualquier profano en materia médica no se le escapa el hecho de que la lesión, por los órganos vitales que interesó, por sí sola fue bastante para ocasionar la muerte, es correcto estimar justificado el cuerpo del delito de homicidio, con el aludido certificado, entre otras pruebas.
Precedentes
Amparo penal directo 4650/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de febrero de 1954. Mayoría de tres votos. Disidente: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. Relator: Edmundo Elorduy.