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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296172
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 993
CHEQUES SIN FONDOS (INDULTO NECESARIO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 993
Si de las constancias de autos no resulta en forma alguna probada la aseveración del reo consistente en que el ofendido recibió el cheque a sabiendas de que aquél carecía de fondo en el banco, y en cambio, por la declaración del reo, que no fue desvirtuada en forma alguna durante la tramitación del proceso, quedó plenamente comprobada su culpabilidad como responsable del delito de fraude señalado por el artículo 386 del Código Penal Federal y previsto por el 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; el caso no está comprendido en ninguna de los motivos señalados en el artículo 560 del Código de Procedimientos Penales, y no procede conceder el indulto necesario.
Precedentes
Indulto Necesario 3/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.