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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 998
TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 998
En nada perjudica al quejoso el hecho de que durante la secuela del proceso no se hubieran examinado ciertos testigos a quienes alude en su declaración, si de tal cita no se advierte relevancia para allegar tales testimonios, en razón de que el propio inculpado no alude a ellas como presenciales de los hechos; y si hubiera considerado que tales testimonios tendrían alguna influencia en relación con los hechos delictuosos que se le atribuyen, estuvo en aptitud de aportar esos testimonios en la oportunidad procesal debida sin que lo haya hecho.
Precedentes
Amparo penal directo 313/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 15 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.