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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1420
CONFESION DEL REO (TESTIGOS DE CARGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1420
Si la confesión que aparece rendida por el acusado en el servicio secreto y ratificada en la agencia del Ministerio Público, sin la presencia del titular de esa oficina, no corresponde a los datos suministrados por los testigos de cargo, esto resulta ser motivo para estimar que el contenido de esa confesión no se refiere a la verdad de la conducta que en dicha confesión aparece como reconocida por su autor.
Precedentes
Amparo penal directo 3618/52. Por acuerdo de la Primera Sala,de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Edmundo Elorduy.