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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296225
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1424
CLASIFICACION DEL DELITO, CAMBIO DE LA HECHA EN EL AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1424
Si el auto de formal prisión dictado en contra del reo lo fue por un delito y el Ministerio Público, al formular conclusiones, hizo cambio de clasificación de tal ilícito, tal cambio de clasificación del delito no irroga perjuicio al quejoso si los hechos no han sido variados, ya que la clasificación jurídica de los hechos delictuosos en el auto de formal prisión no establece la base forzosa e indispensable del procedimiento penal, pues esa base queda constituida con la especificación del hecho, la expresión del lugar, tiempo y circunstancia, etc.
Precedentes
Amparo penal directo 5750/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.