Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/296239
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1499
ROBO DE COSAS OLVIDADAS (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y BAJA CALIFORNIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1499
El artículo 775 del Código Civil vigente en el Estado de Baja California, que se refiere al caso de que alguien encuentre un bien mostrenco, o sea perdido o abandonado, impone la obligación de presentarlo ante la autoridad para ponerlo a disposición del dueño, lo que evidentemente no era la intención de la acusada, si sus actos demuestran, que trataba, para su provecho, de apoderarse del dinero que tomó de la bolsa que la ofendida dejó olvidada.
Precedentes
Amparo penal directo 2876/53. Por acuerdo de Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Teófilo Olea y Leyva.