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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296242
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1509
TRANVIAS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE DELITOS COMETIDOS CON SU MANEJO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1509
A partir de la fecha en que se creó la Institución, Servicios de Tranvías Eléctricos del Distrito Federal, está quedó dotada de personalidad jurídica y de patrimonio propio; por tanto, el delito cometido con el uso de un tranvía, es de la competencia de los tribunales del orden común, desde tal fecha, sin que sea obstáculo para ello el amparo pedido contra la declaración de caducidad de la concesión anterior, y por lo mismo el proceso iniciado y seguido en contra de un motorista acusado, de un delito cometido con el uso de un tranvía, ante los tribunales federales, es violatorio del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo 5878/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.