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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1522
IMPRUDENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1522
Si el conductor de un vehículo, en vez de detenerse para evitar una colisión, hace un movimiento, creyendo que con ello lo evita, tal movimiento aportó la causa decisiva para la producción del daño debido, y su actividad puede enmarcarse en lo que los tratadistas del derecho penal designan como culpa consciente, entendida ésta como aquella actividad en la que el sujeto activo prevé el daño que puede producirse, pero abriga la esperanza de que éste no se realice.
Precedentes
Amparo penal directo 2186/46. Por acuerdo de la Primera Sala , de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.