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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296249
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1524
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1524
No se debe encuadrar la acción criminosa matizada con la circunstancia modificativa de riña, si no está comprobado que realmente se hubiera dado ese estado de contienda que sucede al ánimus rigendi que se revela en los agentes de tal figura delictiva, cuando uno y otro aceptan dirimir una cuestión privada mediante la violencia.
Precedentes
Amparo penal directo 2186/46. Por acuerdo de la Primera Sala , de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.