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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296264
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1590
VAGANCIA Y MALVIVENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1590
Si el acto reclamado lo es la sentencia de apelación que, al confirmar la de primera instancia, condenó al acusado como responsable de vagancia y malvivencia y de otro delito, como por tocante a la vagancia y malvivencia el fallo de primer grado queda firme por no admitir recurso,no puede hacer consideraciones sobre ese delito esta Suprema Corte.
Precedentes
Amparo penal directo 4138/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.