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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 296269
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1604
HOMICIDIO TUMULTUARIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 1604
No es verdad que la pena aplicable sea la del homicidio tumultuario, si los agentes del delito procedieron por acuerdo previo a privar de la vida a la víctima, pues tal conducta no cae para su represión dentro de la penalidad atenuada de que se trata, sino dentro de la del autor de un homicidio, por estar comprendida en la formula general de la responsabilidad, consistente en haber intervenido en la concepción y ejecución del hecho delictuoso.
Precedentes
Amparo penal directo 7092/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de marzo de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.